Municipalidades en Chile > Registro > Certificado de Defunción: ¿Cómo solicitarlo?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Aunque es un tema que evitamos, la muerte es un proceso por el cual vamos a pasar todos y lamentablemente también puede darse en cualquier momento y bajo cualquier circunstancia. Así que lee la información que te presentamos sobre la inscripción de la defunción y la obtención del certificado y puede que te ahorres un malestar más en esos momentos tan complicados cuando perdemos a un familiar. Recuerda que un recurso muy importante de consulta es la página del gobierno ChileAtiende.

Para obtener una copia de tu Certificado de Defunción puedes solicitarla a través del servicio de confianza de Partidas Ya. Podrás hacerlo desde la comodidad de tu casa, de manera rápida, segura y con envío gratuito hasta tu domicilio. Además Partidas Ya podrá brindarte asistencia personalizada en tiempo real y te permitirá hacer un seguimiento online de tu solicitud.

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¿Qué es la inscripción de la defunción?

Antes de gestionar el certificado debes notificar la defunción de tu familiar. Este trámite es obligatorio y antes de que se cumplan las primeras 72 horas del deceso, de lo contrario necesitarás una autorización judicial para hacer la inscripción. Tampoco pueden pasar más de 48 horas para dar sepultura a la persona. Puede haber ciertas excepciones si está involucrado otro proceso como una autopsia, pero esto son casos especiales. El trámite no tiene costo y debe hacerse en la oficina correspondiente a la circunscripción en que se produjo el deceso.

¿Qué necesitas para realizar la inscripción?

Debes tener un documento que indique cómo fue el deceso, además en todos los casos debes presentar la Cédula de Identidad de la persona y la tuya (o quien sea el solicitante):

  • Muerte en la casa o una institución de salud: debes recibir un Certificado de Defunción donde se especifica la causa, emitido por un médico.
  • Si la muerte se dio en una zona rural: como es factible que en estos casos no haya habido un médico disponible, se hace inscripción de defunción por testigos, donde conste que la persona no tuvo atención médica o no se pudo determinar la causa de muerte. Debes agregar las cédulas de los dos testigos en este caso.
  • Por causa violenta: cuando no es una muerte natural y está implicado un hecho punible, el personal de salud deberá entregarte un certificado donde se indique y además se especifique que se espera el resultado de la autopsia (este proceso se debe gestionar mediante orden judicial).
  • Defunción por muerte presunta: esta puede ser una decisión judicial, producto de una petición familiar, de la declaración de muerte de una persona que ha desaparecido de manera inexplicada, aunque no se haya encontrado su cuerpo. Deberás presentar una copia autorizada de esa sentencia.

El trámite no tiene costo y debes realizarlo en la oficina del Registro Civil que corresponda al lugar donde se produjo la muerte. Los documentos adicionales dependen del tipo de inscripción mencionado anteriormente, así como también quiénes se deben presentar para hacer la solicitud. Estos datos específicos los puedes conseguir en esta página de ChileAtiende. Con la inscripción en el Registro Civil puedes hacer el pase a sepultación, que te lo va a exigir el cementerio.

¿Cómo realizas la inscripción del deceso de tu familiar?

Con todos los documentos necesarios, debes dirigirte a Oficina o suboficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) que corresponda a la circunscripción donde se produjo el deceso. Entrega la documentación necesaria y como resultado obtendrás la inscripción de la defunción en los registros del Registro Civil y el pase de sepultación.

Luego de la inscripción, ¿cómo solicitar el certificado de defunción?

Este es el documento que seguramente te van a pedir para otros trámites legales como solicitar la pensión por viudez, cerrar cuentas de banco, anular pasaportes o cualquier otro que corresponda a la persona fallecida. Este papel contiene el nombre de la persona, RUT, fecha de nacimiento, sexo y la causa de muerte. Y generalmente es exigido por las compañías de seguros. Puedes acceder a él en línea durante todo el año y si debes presentarlo en el extranjero también puedes apostillarlo en línea seleccionando el país donde debas presentarlo. Para poder gestionarlo debes conocer el RUN de tu familiar.

¿Cómo haces el trámite?

Ve a la página de ChileAtiende y busca la opción “Certificado de defunción”, ingresa el RUN de la persona y sigue los pasos. Debes también tener el número de la cédula de identidad y un correo disponible donde puedas recibir el certificado. Una vez que estás en la página el proceso corre como una compra en línea, donde podrás ver la frase “agregar al carro”. Sigue todas las indicaciones. Debes tener en cuenta que la validez es de 60 días. No tiene costo si lo realizas en línea y en el call center del Registro Civil. También es gratuito si lo solicita en sucursales y Módulos ChileAtiende Express. Pero si lo solicitas en las Oficinas del Registro Civil, el valor es de $710.

¿Qué tipos de certificados de defunción hay?

Son tres tipos:

  • 1. Con causa de muerte (exigidos por las compañías de seguros),
  • 2. Para todo trámite (de uso general),
  • 3. Para asignación familiar (utilizados para fines previsionales).
Certificado de Defunción en Chile

En los tres casos el proceso es básicamente el mismo, pueden diferir las opciones de los lugares donde obtenerlo y el monto a pagar si se realiza en las oficinas. Por ejemplo, para el caso de la asignación familiar puede procesarse en línea, por la APP Civil Digital (aplicación por el teléfono) y en módulos y sucursales ChileAtiende y es gratuito. Pero en las Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) tiene un costo $290. Mientras que el de todo trámite y el de causa de muerte, el valor es de $710.

¿Qué sucede si se trata de un bebé nacido muerto?

En este caso el fallecimiento no se inscribe en el Registro Civil. Para proceder a la sepultura, sólo necesitas un certificado de defunción fetal entregado por el médico. Puedes inscribir el deceso en el Registro Nacional de Mortinatos para que sea individualizado con nombre y apellidos, esto no es obligatorio, pero posteriormente podría usarse con fines previsionales.

Para consultar por el robo o extravío de su certificado, haga click aquí.

Datos adicionales

Es bueno recordar que en el país todos los ciudadanos somos donantes de órganos, a menos que hayamos manifestado en vida ante un notario la negativa a ceder nuestro cuerpo, por tanto, el médico tratante puede hacer esta pregunta a la familia si cree que el familiar que fallece pudiera beneficiar a otro ser humano. Que esta pregunta no te tome por sorpresa. También ten presente que en la página del gobierno puedes obtener ayuda adicional sobre otros temas conexos como soporte en las redes de salud para soportar el duelo o cómo enfrentar las deudas de quien fallece. Puedes encontrar esa información aquí.